Un productor rural oriundo de Paraná interpuso una acción de amparo con medida cautelar contra la Municipalidad de Pueblo Brugo para que se le permita el tránsito e ingreso al pueblo entrerriano, con el cumplimiento de los protocolos preventivos
Señaló, entre otras cuestiones, la necesidad de ingresar a la localidad, al menos una vez a la semana, alegando ser productor pecuario, tener marca, ser médico veterinario de profesión, tener "animales bovinos, equinos y ovinos en una isla de la Provincia de Entre Ríos, aguas abajo del puerto de Pueblo Brugo, la que se encuentra en frente a Pueblo Brugo, razón por la cual, debe ingresar por Pueblo Brugo para ir a su casa -ubicada a una cuadra del rio Paraná- y desde allí, a la isla".El amparista afirmó que la actividad se encuentra comprendida entre las excepciones al aislamiento. Explicó que se descargó la aplicación “CUIDAR” en su teléfono celular y que también cuenta con la credencial de SENASA, de libre tránsito, pero que en el control de las “puertas” de Pueblo Brugo, le imposibilitaron la entrada.
Luego de analizar la causa, el Juzgado de Paz de Pueblo Brugo, a cargo de la jueza suplente María Fernanda Schoenfeld, determinó que la amparista “no ha podido mínimamente identificar e individualizar la normativa que pretende se declare su ilegitimadad y/o arbitrariedad” y “mucho menos ha podido acreditar los fundamentos alegados al interponer la presente acción”.
En cuanto a la vía elegida, la magistrada destacó que el productor tampoco acreditó haber concurrido al Municipio a reclamar y/o solicitar formalmente, de lo que deviene que no hizo uso del procedimiento administrativo que debió agotar, previo a la promoción del amparo.
En este sentido, la jueza explicó que la documental acompañada por la actora “no puede inferirse que sea productor pecuario, médico veterinario, que tenga el certificado de circulación, que tenga bajada y vigente la aplicación CUIDAR, que tenga la credencial de SENASA de libre tránsito, y mucho menos que tenga animales en la isla frente a Pueblo Brugo”. Tampoco visualizó un proceder “arbitrario o ilegítimo por parte de la demandada”.
En cuanto a la vía elegida, la magistrada destacó que el productor tampoco acreditó haber concurrido al Municipio a reclamar y/o solicitar formalmente, de lo que deviene que no hizo uso del procedimiento administrativo que debió agotar, previo a la promoción del amparo.
“No se ha demostrado una negativa expresa municipal a no permitirle el ingreso a la localidad, solo dichos de la amparista”, advirtió el fallo y remató: “La conclusión emergente del marco fáctico jurídico aportado no puede ser otra que la de la inadmisión del amparo toda vez que los presupuestos formales de procedencia de la vía intentada se encuentran incumplidos”.
Desde el Juzgado, se destacó que este fue el primer amparo que tramitó ante el Juzgado de Paz de la localidad desde su creación, en 1894.
En este sentido, el intendente Martín Ruiz, dijo: “Un amparo no era la vía para llegar, hubiera venido, charlado conmigo, pero eso no ocurrió y llegó al control y no tenía ningún papel para especificar porque su ingreso al pueblo”, expresó.
“La acción presentada fue confusa porque se pretendía declarar la ilegitimidad de una norma, pero no se especificaba qué norma”, “esta persona dijo que quiso entrar al pueblo y que no pudo. Pero había otras vías para intentarlo y no correspondía el amparo. Nunca se comunicó con nosotros, sino que fue directo a la Justicia”, se extrañó el intendente, tras lo cual dijo que “presentando una autorización hubiese sido posible el ingreso, pero fue director a la Justicia en contra de la medida y en contra del Municipio”.
Sobre la presentación particular, dijo que la misma tuvo errores formales, “como confundir municipio con comuna y otros, además que no pudo presentar alguna documentación para fundamentar el ingreso”. “Me gustaría aclarar -dijo el presidente municipal- que estamos haciendo un control exhaustivo del ingreso. Una persona no pudo hacerlo, pero no habló con nosotros para buscar alguna solución. No se puede acreditar que ese hecho haya ocurrido, y eso fue también por no reclamar administrativamente y no llegar a esto”, agregó.
La entrevista radial permitió también conocer cómo está la situación de Pueblo Brugo en el marco de la pandemia que afecta a todo el planeta. “Por el momento -respondió- está tranquila la situación, pese a que hay cinco casos. La situación está controlada y tenemos 11 personas aisladas. El municipio está trabajando con personal mínimo, en residuos y desagotes. Eso será por 15 días y se evaluará luego si se extienden las medidas o no”. Por otra parte, el jefe comunal mencionó que los dueños de casas quintas, se les permite ingresar, pero sólo una persona cada 15 días para mantener los espacios desmalezados y limpios, también para revisar los motores de lanchas.
Fuente: Radio Nacional LT14 / Aire de todos, Radio municipal de Paraná